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Boletín Empresas y Derechos Humanos No. 31
La Corte Constitucional, en sentencia T-759-2006, negó el amparo solicitado por un ciudadano que consideraba violado su derecho a la intimidad y a la salud por cuenta de los malos olores producidos por una funeraria cercana a su casa. La Corte negó el amparo por cuanto no se acreditó que efectivamente el establecimiento produjera olores fétidos, aclarando el Tribunal que la contaminación sí puede llegar a afectar, no sólo el derecho a la salud de las personas sino también la intimidad de éstas. Para mayor información descarga el Boletín aquí.
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Boletín Empresas y Derechos Humanos No. 45
En la Sentecia T-611-1992 la Corte Constitucional conoció la tutela interpuesta por los familiares del fallecido Rafael Orozco contra algunos diarios que hicieron publicaciones de su vida privada, sin contar con la debida autorización y desconociendo la presencia de menores de edad en el núcleo familiar. En esta ocasión, el Alto Tribunal instó a los medios de comunicación a respetar el derecho a la intimidad de los parientes de personajes públicos. Para conocer más descarga el Boletín de Empresas y Derechos Humanos aquí.
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El género no es un factor determinante para seleccionar o rechazar a un trabajador
En sentencia T-322-2002, la Corte Constitucional conoció un caso en el que dos mujeres fueron rechazadas para el trabajo de vacunadoras de ganado, concluyendo que en esta oportunidad no se había incurrido en una conducta discriminatoria porque no está probado que la razón del rechazo era su género. Para conocer más, decarga el Boletín.
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Al suspender servicios públicos debe respetarse el debido proceso |
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Boletín No. 43
En sentencia T-1020-2002, la Corte Constitucional conoció los casos de usuarios del servicio público domiciliario de energía eléctrica, a quienes, por diferentes razones les fue suspendido dicho servicio. En esta oportunidad la Corte consideró que se les había violado el derecho al debido proceso puesto que la suspensión se hizo repentinamente sin que previamente se les hubiera notificado tal decisión. Para conocer más, descarga el Boletín AQUÍ.
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Boletín Empresas y Derechos Humanos 42 |
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EPS debe dar tratamiento integral a menor de edad
En sentencia T-565-2010, la Corte Constitucional ordenó a una EPS del régimen subsidiado garantizar un tratamiento integral a un menor de edad. Dicho tratamiento incluía equinoterapia y no había sido ordenado por un médico de la EPS. Para mayor información descarga el Boletín AQUÍ.
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Boletín Empresas y Derechos Humanos No. 41
Mediante sentencia T-1066-2003, la Corte Constitucional conoció la acción de tutela en la que un paciente con VIH que había sido atendido por varios médicos, debido a que el centro de salud no contaba con un profesional especializado en dicha enfermedad. La Corte concluyó que no se vulneró el derecho a la intimidad por cuanto los médicos han actuado respetando el deber de confidencialidad. Para mayor información, descargue el Boletín AQUÍ.
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